| INTRODUCCION
La Propiedad Intelectual está reconocida
por la Constitución Nacional en el art. 17 Todo autor o inventor es propietario
exclusivo de su obra, invento o descubrimiento por el término que le acuerde la ley
La primera ley sancionada en la República Argentina sobre Derecho de Autor es la número
7092 promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional el 23 de septiembre de 1910 y publicada en
el Boletín Oficial el 24 de septiembre del mismo año.
Actualmente rige la ley 11.723 promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional el 28 de
septiembre de 1933 y publicada en el Boletín Oficial el 30 de septiembre del mismo año.
Originalmente la denominación de este Organismo fue la de Registro de Propiedad
Intelectual hasta que por el decreto 800 de 1971, publicado en Boletín Oficial 8 de
agosto de 1972, se cambió por la de Dirección Nacional del Derecho de Autor
que rige en la actualidad.
Este Organismo depende del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos.
La organización y funcionamiento de esta
Dirección Nacional, orientada a dar cumplimiento a los objetivos establecidos en el
régimen legal de la propiedad intelectual, involucra tareas tales como las siguientes:
Registrar y supervisar la inscripción
de obras científicas, literarias, artísticas, publicaciones periódicas, fonogramas,
audiovisuales, software, musicales, editoriales, seudónimos, páginas Web, contratos y
otros actos jurídicos atinentes al derecho de autor.
Substanciar la tramitación de recursos
de oposición sobre inscripciones.
Diligenciar oficios judiciales que se
libren en las causas de los distintos fueros nacionales y provinciales.
Reunir y catalogar la legislación ,
doctrinas y jurisprudencia nacionales y extranjeras sobre la materia.
AUTORIDADES:
Directora Nacional: Dra. Graciela H.
Peiretti.
Subdirector:
Jefe de Departamento Legal: Dr. Aníbal Rocca.
Jefe de Departamento Registro:
|