Además se realizaron distintas gestiones tendientes a prever cuanto fuera
            necesario para el cumplimiento de las otras medidas de protección, distintas a la
            custodia personal, que aquellos magistrados pudieran ordenar, a través de la Oficina de
            Protección de Testigos que funciona en el ámbito de este Ministerio de Justicia.
            Y así, corresponde ahora nuevamente insistir con que aún cuando
            "la Oficina de Protección de Testigos [se encuentra hoy] colapsada por el costoso
            cumplimiento de la labor que la ocupa", "precisamente por ello, es que con la
            previsión que la cuestión implica, a efecto de cumplir acabadamente con el expreso
            compromiso del Estado nacional con el curso de aquella investigación, se requiere la
            urgente intervención de los funcionarios competentes para obtener con la diligencia del
            caso, entre otras cosas, las partidas presupuestarias que sean necesarias para encontrarse
            en condiciones de brindar a través de la Oficina especializada, la protección del caso,
            en el momento en que la Justicia así lo disponga". Extremo que se encuentra aún
            pendiente.