Decreto 107/2001
Bs. As., 25/1/2001
VISTO el Decreto N° 452/2000, y
CONSIDERANDO:
Que por el aludido decreto se creó la UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACION del atentado
terrorista perpetrado contra la sede de la ASOCIACION MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA (AMIA).
Que, en razón del avance de la investigación y la inminencia del juicio oral y público
resulta necesario disponer de todos aquellos recursos técnicos y humanos que coadyuven al
diligenciamiento expeditivo al que debe responder la Administración Pública Nacional
para cooperar con la autoridad judicial a los fines del completo esclarecimiento del hecho
y la sanción a los responsables.
Que, contando la Administración con un organismo de alto nivel técnico y reconocida
capacidad operativa en actividades de apoyo a la labor judicial, como es la OFICINA
ANTICORRUPCION que funciona en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,
se considera procedente su incorporación a la citada UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACION,
asignándole funciones de apoyo directo a la coordinación de la labor de los organismos y
dependencias que la integran, asignada a la SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS del MINISTERIO
DEL INTERIOR.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99,
inciso 1, de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Sustitúyese el artículo 1° del Decreto N° 452/2000, el cual
quedará redactado de la siguiente manera: "Créase la UNIDAD ESPECIAL DE
INVESTIGACION del atentado terrorista perpetrado el 18 de julio de 1994 contra la
ASOCIACION MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA, que estará integrada por los responsables del
Departamento Unidad de Investigaciones Antiterroristas de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA; la
Dirección de Terrorismo Internacional y Delitos Trasnacionales de la SECRETARIA DE
INTELIGENCIA DE ESTADO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la División Antiterrorista de la
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA; la División Coordinación de Actividades Antiterroristas de
la DIRECCION NACIONAL DE GENDARMERIA NACIONAL, el Departamento de Inteligencia de la
DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, y la OFICINA ANTICORRUPCION
dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la que tendrá la tarea de
apoyo directo a la coordinación de la labor de los demás organismos y dependencias que
la integran, asignada a la SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR,
debiendo las autoridades centrales de las instituciones mencionadas ut supra arbitrar
conjuntamente los recaudos necesarios para su eficaz desempeño".
Art. 2° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. DE LA RUA. Federico T. M. Storani. Jorge E. De
La Rúa. |