• RESUMEN EJECUTIVO

    La investigación del atentado contra la sede de AMIA debe constituir una cuestión de Estado; y la cuestión supera el enfoque singular de una causa donde se investiga un ilícito, para transformarse en una cuestión de gravedad institucional donde se pone a prueba tanto la capacidad del Estado argentino para lograr Justicia y condenar a los culpables, como así también la voluntad de las autoridades gubernamentales en esclarecer el hecho.

    Fue en atención a ello que, en su momento, se creó en la órbita del Poder Ejecutivo esta UNIDAD ESPECIAL DE INVESTIGACIÓN, para que coordine la acción de los organismos de la administración pública, en procura de la profundización de la investigación aún pendiente y la dilucidación de lo efectivamente ocurrido en torno al hecho pesquisado.

    El informe que se acompaña reproduce el presentado por la Secretaría de esa UNIDAD a las máximas autoridades de este Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, en reseña de la gestión que se llevó adelante desde noviembre del año 2002, al cumplirse un nuevo período semestral de actuación.

    En su primer mitad, refiere la labor que se llevó adelante para la profundización de cada una de las distintas líneas de investigación que conformaron el plan de acción adoptado para el curso del año, sea que aquellas aparezcan como propias de las etapas de planificación, cooperación y ejecución del atentado, sea que resulten más vinculadas con las que le sucedieran y pudieran haber estado destinadas tanto a hacer desaparecer los rastros o pruebas del delito, como a ayudar a sus responsables a eludir las investigaciones; así como reseñó cuanto se continuara realizando en procura de la obtención de un más apropiado marco institucional en la administración pública para proveer a los investigadores de la información que aún se necesita.

    En la segunda parte, se destacan especialmente diversas situaciones de interés. Algunas, referidas a la tarea parcialmente desarrollada y que corresponde profundizar en procura de mayor información, vinculada tanto con lo que se ha dado en llamar "conexión internacional" como con el rastreo de los movimientos de fondos dinerarios en el exterior de aquellos a quienes se atribuye alguna participación ilícita. Otras, que también han sido reseñadas en extenso y requieren el concurso de diversas instancias institucionales, para la superación de los múltiples obstáculos que aún hoy se enfrentan al avance diligente de la investigación.

    Entre estas últimas, se señalan en el informe aquellas que se vinculan sustancialmente con cuanto -ya desde esta UNIDAD, ya desde el tribunal encargado del juicio oral y público-, se ha requerido en relación con la actuación de la Secretaría de Inteligencia de la Nación, para que se levanten las limitaciones fijadas a sus agentes y puedan declarar sobre la actuación que les cupo en la investigación del atentado; para que se levante también el secreto de las investigaciones internas que se han llevado adelante sobre numerosas irregularidades que se denunciaran cometidas en esa actuación; para que se profundicen esas investigaciones sobre distintas cuestiones que se consideraron deficientemente pesquisadas hasta el momento; y para que se levanten los obstáculos frente el acceso que debe garantizar sobre diversa documentación acerca de la que también se la ha reclamado.

    Asimismo, se ha señalado también otro grupo de cuestiones, a propósito de las cuales se ha instado la intervención de las autoridades de los otros poderes del Estado, para que no se retraiga el compromiso de todas sus instancias institucionales, en orden al control que les compete hacer del cuestionado desempeño que algunos han demostrado, según también fuera expuesto en detalle, y en procura de la revisión del actuar de los que, como se señala, obstruyen de manera evidente el accionar de la justicia y comprometen el debido esclarecimiento de los hechos materia de juzgamiento.

    Para concluir, el informe que se eleva incluye también agregados a la propuesta del plan de acción propuesto para este año; y en vista del desarrollo de cuanto queda por hacer, en sus conclusiones se ha señalado que "se estima necesario que se transmita a todos y cada uno de los organismos de cualquiera de los poderes del Estado a los que les corresponda intervenir, la necesidad de revertir la falsa idea que pueda haberse concebido acerca de que el esfuerzo investigativo puede ya limitarse".

    Muy por el contrario. Se ha expuesto que "hay muchas cosas que aún pueden hacerse en procura de la obtención de mayores elementos probatorios para la profundización de la investigación del atentado que nos ocupa; y estas medidas de investigación concretas han sido reclamadas en este tiempo con insistencia, tal como ha sido reseñado en este informe y en el anterior que se presentara".

    Y que al respecto "no puede dejar de advertirse, de un lado, que la concreción de una buena parte de esas diligencias restantes se ha enfrentado con aquella política obstruccionista a que la que se hizo extensa referencia -y que obstaculiza también el debido avance del juicio público hoy en curso-; y de otro, que lamentablemente no ha podido encontrarse aún el debido cause institucional necesario para poder superarla en procura del demorado avance de las investigaciones.- Por ello, y ante el inicio de un nuevo período institucional, resulta conveniente expresar ello con toda claridad:

    La creación de esta UNDAD ESPECIAL DE INVESTIGACIÓN en el Poder Ejecutivo Nacional respondió al reclamo que con insistencia se le hiciera para que coordine la acción de sus distintos organismos, y fue expresión clara de la voluntad política del Gobierno Nacional de facilitar sin claudicaciones de ninguna índole y en todo cuanto estuviere a su alcance la acción de la justicia, a fin de arribar al completo esclarecimiento de los hechos.

    Y si no se sostiene en la emergencia aquella voluntad, actuando pronta y decididamente, tanto en respaldo de las expresas facultades que esta UNIDAD tiene en la letra de la ley para dirigir las acciones que a la Administración le corresponden en relación con el caso, como de la jerarquía política y capacidad de decisión que le fueran inicialmente conferidas para garantizar que esa coordinación no quede precisamente sólo en la letra de la ley, ningún sentido tiene seguir manteniéndola pour la galerie; y aquella prueba a que se alude en el párrafo inicial de estas conclusiones y que compromete tanto la capacidad del Estado argentino para lograr justicia como la voluntad de las autoridades gubernamentales en esclarecer el hecho, se habrá perdido una vez más y casi definitivamente".

    Alejandro L. Rúa
    Unidad Especial de Investigación